Está prohibido parar o estacionar cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada, o una marca longitudinal sobre la calzada que indique prohibición de atravesarla, sea inferior a tres metros. Pasado un tiempo prudencial del trámite aconsejamos que acudas a la Jefatura u Oficina de https://josuejxyuz.arwebo.com/56319082/the-definitive-guide-to-foto-del-carné-de-conducir-español